El pasado sábado 5 de mayo fue publicado el RD 597/2007 sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales .
Mediante este Real Decreto las sanciones administrativas impuestas a los empresarios por cometer infracciones graves en materia de Prevención de Riesgos Laborales se harán públicas en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma de acuerdo con el correspondiente ámbito de competencia. Además, se podrían hacer públicas las sanciones en el apartado anterior, en los plazos y condiciones señaladas en el mismo.
El procedimiento se iniciará de oficio , mediante propuesta contenida en el acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La publicación se hará en un plazo no superior a tres meses desde la finalización del procedimiento y contendrá :
- Nombre o razón social de la empresa sancionada.
- Sector de actividad a que se dedica
- Número de Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación fiscal de las personas jurídicas
- Domicilio Social
- Infracción cometida
- Sanción económica impuesta, incluyendo la cuantía de la misma, así como las demás sanciones impuestas con carácter principal o accesorio, si las hubiera.
- Fecha de extensión del acta de infracción.
- Fecha en la que la sanción adquiere firmeza.
Además del conocimiento público de las mencionadas sanciones, la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podría recabar de los órganos competentes los datos publicados en sus respectivos ámbitos de actuación para el ejercicio de las competencias que la misma tiene legalmente atribuidas.
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